“Antecedente de la obligación de pagar impuestos en México”

En estos días en que celebramos una vez más el aniversario de Independencia de nuestro país, quiero compartirles desde cuando los mexicanos libres estamos obligados a contribuir al gasto público, hay dos momentos importantes en la historia, el primero de ellos la liberación de nuestro territorio como parte de la colonia española en 1810 y, el segundo de ellos la Revolución interna que dio origen a nuestra República Mexicana.

En estos días en que celebramos una vez más el aniversario de Independencia de nuestro país, quiero compartirles desde cuando los mexicanos libres estamos obligados a contribuir al gasto público, hay dos momentos importantes en la historia, el primero de ellos la liberación de nuestro territorio como parte de la colonia española en 1810 y, el segundo de ellos la Revolución interna que dio origen a nuestra República Mexicana.

Es obvio que el pago del impuesto (fiscum) antecede desde muchos años atrás a nivel mundial, y es en el México libre y democrático que se estableció en la Carta Magna esta obligación.

El art.31-V de la CPEUM del 05-02-2017 establece que es obligación de los mexicanos contribuir a los gastos públicos, así de la Federación, así como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. Esta disposición se mantuvo durante varios años y fue reformada el 29 de enero de 2016, fracción reformada DOF 25 de octubre 1993.

Se desprenden de esta fundamentación los Principios Tributarios que son:

  1. Obligatoriedad,
  2. Vínculo al gasto público,
  3. Residencialidad,
  4. Proporcionalidad,
  5. Equidad y,
  6. Legalidad.

Hoy en día ese artículo como ya lo mencioné fue reformado y señala:

Son obligaciones de los mexicanos; contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. Podemos observar que al interior de esta reforma siguen vigentes los principios en materia tributaria y, que la única reforma fue dirigida a que el Distrito Federal dejo la infraestructura política de antaño y se convirtió en una Entidad Federativa más de la República Mexicana.

No me queda más que enviarles un
buen saludo y decirles:


¡VIVA MÉXICO!

AUTOR: Dr. C.F. G. Gamaliel Vela M.

Socio fundador y Director General de Corporativo Velamonts S.C.