"Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)"

A partir del 1 de enero del 2022, el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) del SAT entró en vigor. 

A partir del primero de enero del 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) empezó a implementar el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), para personas físicas y morales.

La finalidad de este nuevo esquema es que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) pueda realizarse de una forma mucho más sencilla, rápida y eficaz.

Por su parte es importante destacar que las personas que se encuentren en este nuevo esquema estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5 por ciento de sus ingresos.

Hay que resaltar que debido a estas pequeñas tasas de pago de ISR, los contribuyentes no podrán deducir ningún tipo de gasto, en razón de que, aun existiendo las posibilidades de deducción, la tasa efectiva del impuesto sobre la renta (ISR) a personas físicas fue de 25.4 por ciento durante 2020, lo cual representa diez veces más que la tasa máxima del Régimen Simplificado de Confianza.

Características del RESICO: 
  • En él tributan:
    • Las persona morales con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos.

En el caso de las personas morales se permite acumular ingresos cuando, efectivamente, se perciben; esto es, mediante el flujo de efectivo.

    • Las persona físicas con actividad empresarial que ingresen menos de 3.5 millones de pesos anuales.

En el caso de las personas físicas con actividad empresarial se eliminan: las deducciones dado que el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es automático con base en lo facturado. 

  • El contribuyente no tiene derecho a deducciones para ISR.
  • El contribuyente tiene derecho a deducciones para la Renta Gravable (PTU).
  • El IVA de las deducciones es acreditable.
  • Retención de 1.25% de ISR por personas morales. (Contribuyentes que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, a personas morales, estas últimas deberán retener la tasa del 1.25 %).
  • El contribuyente no tiene derecho al acreditamiento de ISR retenido en pagos provisionales.
¿A quién esta dirigido este régimen?

Las personas físicas a las que está dirigido el nuevo régimen son aquellas cuyos ingresos no exceden los 3.5 millones de pesos al año y que realizan alguna de las siguientes actividades:

  1. Empresariales y profesionales.
  2. Régimen de Incorporación Fiscal.
  3. Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento).
  4. Agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

Asimismo, las personas morales que pueden adherirse a este régimen son aquellas que tienen ingresos menores a 35 millones de pesos anuales y cuyos socios son personas físicas.

Si quieres inscribirte a este régimen recuerda que solo necesitas contar con tu e.firma y buzón tributario habilitado.

No olvides consultar toda la informarción necesaria en la paginal oficial del SAT. 

 

AUTOR: Dr. C.F. G. Gamaliel Vela M. 

Socio fundador y Director General de Corporativo Velamonts S.C.

Bibliografía: 

SAT México 2023. Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). 

 Mariana Martell (2022) ¿SAT: ¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)? Noticias, Tritón Comunicaciones S.A de C.V.