¿Buzón Tributario?

En varias ocasiones nos hemos preguntado o nos han hablado sobre El Buzón Tributario , sin  embargo no encontramos las palabras coreectas para describirlo y poder entener un concepto que no es tan complejo. 

Aquí te explicaremos de que se trata y los aspectos más basicos del funcionamiento del mismo.

¿QUÉ ES EL BUZÓN TRIBUTARIO?

Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. Tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura; así también, a través del Buzón, los contribuyentes presentan promociones, avisos o dan cumplimiento a requerimientos de información que realice el SAT.

¿CÓMO FUNCIONA EL AVISO ELECTRÓNICO EN BUZÓN TRIBUTARIO?

El aviso electrónico es un correo electrónico o un mensaje SMS que la autoridad envía a los medios de contacto que registraste y confirmaste en Buzón Tributario que te alerta cuando tienes un elemento nuevo pendiente de leer.

BENEFICIOS

  • Portal privado

Portal privado y personalizado del contribuyente (solo visualiza los contenidos que corresponden a su régimen fiscal).

  • Reducción de tiempo

Reducción de tiempo en trámites que se realizaban de forma presencial.

  • Certeza jurídica

Certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT así como en las operaciones que se realicen.

  • Notificaciones

Notificar, vía electrónica, en cualquier momento y en cualquier lugar siempre que se tenga conexión a internet.

  • Autocorrección

Generar oportunidades para una pronta autocorrección.

  • Resoluciones

Conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados.

  • Facilidades

Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.

  • Trámites fiscales

Proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.

  • Mis expedientes

En algunos trámites, el diseño es adaptable a dispositivos móviles, se pueden administrar contenidos favoritos y se tiene acceso a “Mis Expedientes”, entre otras funcionalidades.

¿QUIÉNES DEBEN HABILITARLO?

Todos los contribuyentes inscritos en el RFC, salvo:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas. En este caso, habilitar el Buzón Tributario es opcional.
  • Personas morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos, tendrán la opción de habilitar el Buzón Tributario.
  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados estarán relevados de habilitar el Buzón Tributario.

Estas facilidades no serán aplicables tratándose de:

  • Los trámites o procedimientos en los que se requiera que el contribuyente cuente con Buzón Tributario.
  • Tratándose de contribuyentes que hayan emitido factura electrónica (CFDI) de ingresos o recibido factura de nómina (CFDI de nómina), dentro de los últimos 12 meses.

Asimismo, para los efectos de los artículos 17-K tercer párrafo y 86-C del CFF, los contribuyentes comprendidos en el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR a que se refiere el artículo 94 de dicha ley, que hayan obtenido ingresos menores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) en el ejercicio inmediato anterior, podrán optar por no habilitar el Buzón Tributario.

 

Los contribuyentes con situación fiscal “cancelado” están relevados de habilitar el Buzón Tributario.

Fundamento legal: Artículo 17-K del CFF vigente, regla 2.2.7., 2.2.23., artículos transitorios sexto y vigésimo sexto, así como la ficha de trámite 245/CFF del Anexo 1-A de la RMF, vigentes.

REQUISITOS PARA HABILITAR EL BUZÓN TRIBUTARIO

  • Contar con e.firma o firma electrónica (personas morales).
  • Contar con e.firma, e.firma portable o Contraseña (personas físicas).
  • Contar por lo menos con un correo electrónico y un número de teléfono celular (se pueden registrar hasta cinco correos electrónicos).
  • Ten a la mano tu Contraseña o e.firma, las necesitas para habilitar tu Buzón Tributario o actualizar tus medios de contacto.

AUTOR: Dr. C.F. G. Gamaliel Vela M. Socio fundador y Director General de Corporativo Velamonts S.C. 


Bibliografía: SAT México 2023, Qué es el Buzón Tributario, Orienta SAT. Gobierno de México