I. Devoluciones, descuentos o bonificaciones realizadas en el ejercicio contable fiscal (CFDI, Nota de Crédito o el señalado en el CFDI).
II. Costo de lo vendido (implica llevar un adecuado y estricto control de inventarios)
III. Gastos netos por descuentos, bonificaciones o devoluciones.
IV. Inversiones (adquisición de activos fijos; maquinaria y equipo, equipo de transporte, equipo de oficina, equipo de cómputo, equipo de telecomunicaciones, otros; de acuerdo a tasas de depreciación anuales).
V. Créditos incobrables (se requiere resolución judicial); perdidas por caso fortuito (documento que lo soporte)
VI. Cuotas de seguridad social (Cuotas pagadas al IMSS, INFONAVIT y SAR)
VII. Intereses pagados en el ejercicio (préstamos bancarios).
VII. Ajuste anual por inflación (solo personas morales).
IX. Anticipos y rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción, S.C. y asociaciones civiles A.C., siempre y cuando sean un ingreso para quien los recibe.
X. Creación de fondos especiales para pensiones o jubilaciones.
Todas estas operaciones deberán estar comprobadas por un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
AUTOR: Dr. C.F. G. Gamaliel Vela M.
Socio fundador y Director General de Corporativo Velamonts S.C.