Como es de nuestro conocimiento con fecha 8 de septiembre de este año, el ejecutivo federal presento ante el Congreso de la Unión su proyecto económico 2023. Efectivamente no hay cambios en las disposiciones fiscales en cuanto a los elementos del impuesto que son el sujeto, el objeto, la base y la tasa aplicable.
Sin embargo, si ha habido cambios sustanciales como son el aumento del salario mínimo y la reforma laboral a los periodos vacacionales.
Estima el gobierno Federal que el Producto Interno Bruto (PIB) crecerá a un 3% y que la inflación estimada será de 3.2%; el precio del barril del petróleo se mantendrá en un rango de $ 68.7 dls por unidad y la tasa CETES de 8.95% a inversiones de 28 días; así también se estima que el tipo de cambio se mantendrá a 20.60 pesos por dólar.
Respecto a los ingresos tributarios estiman obtener 7.1m billones de pesos, que comparado contra 2022 representan una variación real de aumento del 9.9%.
Recargos
Se mantienen las tasas de recargos aplicables en los casos de prórroga, como se muestra en la siguiente tabla:
Recargos | Tasa mensual |
Prórroga | 0.98% |
Parcialidades de hasta 12 meses | 1.26% |
Parcialidades de 12 a 24 meses | 1.53% |
Parcialidades mayores a 24 meses | 1.82%
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Estímulos fiscales:
Se mantiene el estímulo que permite el acreditamiento hasta en 50% del gasto total erogado en la red nacional de autopistas de cuota para contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre público o privado de carga, pasaje o turístico.
Retención del ISR por parte de instituciones del sistema financiero
Se propone que las instituciones que componen el sistema financiero en México determinen el impuesto a retener, considerando una tasa anual de 0.15% aplicable sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses. Como dato comparativo, en 2022 la tasa aplicable fue de 0.08%, lo cual representa un incremento de 87.5%.
AUTOR: Dr. C.F. G. Gamaliel Vela M.
Socio fundador y Director General de Corporativo Velamonts S.C.