Inscripciones en el RFC para jóvenes mayores de 18 años

RFC  “Registro Federal de Contribuyentes”

Es una clave única de registro que sirve para identificar a todo ciudadano que realiza una actividad económica y debe contribuir con el gasto público a través el SAT (Servicio de Administración Tributaria).

Artículo 75. – La ley reputa actos de comercio:

  1. Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados;
  2. Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;
  3. Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;
  4. Los contratos relativos y obligaciones del Estado ú otros títulos de crédito corrientes en el comercio;
  5. Las empresas de abastecimientos y suministros;
  6. Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;
  7. Las empresas de fábricas y manufacturas;
  8. Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo;
  9. Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas;
  10. Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda;
  11. Las empresas de espectáculos públicos;
  12. Las operaciones de comisión mercantil;
  13. Las operaciones de mediación de negocios mercantiles;
  14. Las operaciones de bancos;
  15. Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;
  16. Los contratos de seguros de toda especie, siempre que sean hechos por empresas;
  17. Los depósitos por causa de comercio;
  18. Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos;
  19. Los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas;
  20. Los vales ú otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio;
  21. Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil;
  22. Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio;
  23. La enajenación que el propietario o el cultivador hagan de los productos de su finca o de su cultivo;
  24. Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;
  25. Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código.

En caso de duda, la naturaleza comercial del acto será fijada por arbitrio judicial.

¿Quién lo establece?

  • ART 31-IV Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)
  • ART 1º. Código Fiscal de la Federación (CFF)

Estructura del RFC:

Estructura del CURP:

Requisitos para obtener el RFC:

Los requisitos para obtener tu RFC son:

✓ Tener CURP vigente.

✓ Ser mayor de edad.

✓Capturar en el formulario de inscripción, los datos de tu domicilio, correo electrónico y características fiscales.

Preinscripción en el RFC:

  1. Ingresa al Portal del SAT: www.sat.gob.mx , en la opción Trámites del RFC selecciona Ver más, en seguida haz clic en la opción Inscripción al RFC y selecciona Realiza tu preinscripción en el RFC como persona física.
  2. Selecciona la opción Ejecutar en línea.
  3. Llena los datos solicitados en el formulario y confirma la información.

      Imprime el ACUSE DE PREINSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES. 

En otras palabras: 

1.Ingresa a la pagina oficial del SAT en la sección Trámites y en la barra superior elige la opción RFC.

2.Del apartado Preinscripción, selecciona la opción personas físicas.

3.Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Inscripción al RFC.

4.Envía tú trámite al SAT e imprime la hoja previa con el número de folio asignado.

Trámite de RFC de manera PRESENCIAL 

En las Oficinas del SAT, previa cita o en la Entidad Federativa:

1. Acude con la siguiente documentación

  • CURP, o en su caso.
  • Acta de nacimiento y/o Carta de naturalización expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada según corresponda, tratándose de personas naturalizadas (original o copia certificada).
  • Acuse de preinscripción en el RFC, en el caso de haber iniciado la solicitud a través del Portal del SAT.
  • Comprobante de domicilio, cualquiera de los señalados en el Apartado: I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso B) Comprobante de domicilio, del Anexo 1-A de la RMF (original).
  • Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal, cualquiera de las señaladas en el apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes del domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RFM (original).

2. Entrega la documentación al personal que atenderá tu trámite.

3. Proporciona la información que te solicite el asesor fiscal.

4. Recibe al finalizar el trámite, los documentos que comprueban el registro de tu solicitud.

5. En caso de que cumplas con los requisitos recibes SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES y ACUSE ÚNICO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

6. En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos, recibes ACUSE DE PRESENTACIÓN INCONCLUSA DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN O AVISO DE ACTUALIZACIÓN EN EL RFC, que contiene el motivo por el cual no se concluyó el trámite

7. Puedes acudir con los documentos faltantes, dentro de los diez días hábiles siguientes, previa cita, a la Oficina del SAT.

8. En caso que no acudas dentro de ese plazo, deberás iniciar tu trámite nuevamente.

Considera que adicional a tu inscripción, es importante que cuentes con tu e.firma, contraseña y habilites tu buzón tributario.

Preguntas frecuentes sobre el RFC

¿Cuánto cobran por sacar el RFC?

El Registro Federal de Contribuyentes es un trámite gratuito y se puede hacer desde el año 2013 de manera telemática (en línea), ya no es necesario acudir a las oficinas del SAT.

Sin embargo, siendo la primera vez es necesario acudir a las oficinas del SAT para que se tomen el iris de los ojos y las huellas digitales.

 

¿Qué significa: sin obligaciones fiscales en el SAT?

Los contribuyentes sin obligaciones son personas físicas sin actividad económica, por lo que no están obligados a presentar declaraciones o a expedir comprobantes fiscales.

¿Que pasa si no cumplo con mis obligaciones fiscales?

Las sanciones por obligación no declarada: Van desde los 8,230 pesos, hasta los 17,370 pesos. Por cada obligación presentada fuera del plazo, o por incumplir requerimientos pueden tener una multa por no presentar la Declaración Anual que va desde los 1,400 pesos a los 34,730 pesos.

¿Que pasa si tengo mi RFC y no trabajo? ¿Puedo obtener mi RFC, aun sin tener trabajo?

Sí, el trámite es independiente de que tengas un trabajo o actividad por la que debas pagar impuestos.

¿Que pasa si no pago al SAT persona fisica?

Lo primero que tienes que saber es que el SAT puede imponer multas, cobrar recargos e incluso embargar tus cuentas bancarias o propiedades.

 

 

AUTOR: Dr. C.F. G. Gamaliel Vela M. 

Socio fundador y Director General de Corporativo Velamonts S.C.